Este post ha sido recientemente publicado por la Fundación Seres.
Las relaciones y colaboraciones entre empresas y entidades no lucrativas de carácter social han sido objeto de diversos y numerosos debates, así como de una extensa literatura, por lo que este artículo no pretende abundar aun más sobre este asunto, sino mostrar el proceso en el que una empresa y una ONG establecen los mecanismos relacionales que propician el desarrollo exitoso de una alianza con un propósito de mejora social.
“Gestión de infraestructuras en el ámbito de la Cooperación al Desarrollo”
El programa ‘Infraestructuras Sociales’ de Ferrovial, que lanzamos en 2011, es una convocatoria pública de concurrencia competitiva de proyectos de desarrollo en el ámbito de las infraestructuras para el acceso al agua potable y el saneamiento básico en poblaciones desfavorecidas de América Latina y África, desarrollados por Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) con experiencia en la zona de actuación y en intervenciones de agua y saneamiento. Este programa surge como resultado del compromiso de una empresa con la meta 7.C de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (Reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento) a través de la replicación de su modelo de negocio de gestión de infraestructuras en el ámbito de la Cooperación al Desarrollo.
“Metodología absolutamente innovadora en el aspecto relacional”
Si atendemos al cómo, en vez de al qué, veremos que este programa elabora una metodología absolutamente innovadora en el aspecto relacional del proceso de desarrollo de un proyecto de carácter social, cuya estructuración confiere cuatro elementos novedosos al desenvolvimiento de una alianza.
El primero de ellos se encuentra en la fase de selección de proyectos, y se fundamenta en contar con unas reglas de juego claras, ya que el programa está abierto a entidades sociales que reúnan unas condiciones mínimas que garanticen la eficiencia y sostenibilidad del proyecto y que cuenten, en justa compensación, con unas bases claras, concretas y definidas (aportación de recursos, ámbito de actuación, metas…) que garanticen la objetividad de la elección. Además, en la selección de proyectos, se establecen 51 criterios de análisis y evaluación, tanto de formulación técnica, como de la viabilidad e impacto social, así como de la sostenibilidad (económica, social e institucional), orientados a compendiar los proyectos con más alta calidad de intervención y profundidad de impacto en las comunidades beneficiarias.
En segundo lugar, el establecimiento de un proceso de due dilligence, de conocimiento mutuo y abierto, a través de las reuniones mantenidas con las ONGD interesadas en participar en la convocatoria, y las que se celebran posteriormente con aquellas que pasan una primera criba para un mayor conocimiento de los proyectos preseleccionados, asienta las bases para establecer una relación fluida que facilite una posterior gestión compartida del proyecto.
En tercer lugar, la tipología de los recursos aportados (transferencia tecnológica, capital humano de alta cualificación técnica y financiación, entre otros), dan fe del carácter integral de la colaboración por dos motivos: la relación no se ciñe sólo a dos departamentos de dos organizaciones, sino que involucra transversalmente al conjunto de las estructuras de las mismas por la diversidad de recursos aportados; la colaboración tiene lugar durante el ciclo completo del proyecto (diseño, planificación, construcción, financiación y evaluación), confiriéndole al proyecto gran solidez y sostenibilidad.
“Gestión de proyectos compartida”
Por último, y no por ello menos importante, menciono la que considero la gran aportación de este programa a un nuevo enfoque en el modelo actual de gestión de proyectos sociales, que es la gestión compartida de los proyectos, la cual se desarrolla a través de un órgano encargado de controlar y hacer seguimiento del proyecto (“Comisión Paritaria”), compuesto por el mismo número de miembros de las dos partes intervinientes y cuyas competencias se encuentran reguladas por un convenio de colaboración, lo cual le otorga un amparo legal. Este órgano se rige por el principio de equidad relacional que confiere igualdad de derechos y deberes para ambas partes.
“Las partes se convierten en aliados para la creación de valor social”
En definitiva, cuando se establecen alianzas basadas en reglas claras, conocimiento abierto, integralidad y equidad, las partes se convierten en aliados para la creación de valor social, con el añadido de generar beneficios individuales tangibles y cuantificables para ambas partes, derivados no sólo de los impactos sociales del proyecto (mejora de las condiciones de vida de los beneficiarios), sino del mismo proceso de relación y trabajo conjunto, como así demuestran la evolución en los indicadores de gestión de la Responsabilidad Corporativa de la compañía y la continuidad de la relaciones con las entidades aliadas.
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